Franklin Romero

Franklin Romero, presentó a los medios de comunicación “dos proyectos de ley”, considerados esenciales y de gran impacto para la sociedad dominicana.

El senador y vocero de la bancada del PRM en el Senado, Franklin Romero, presentó a los medios de comunicación “dos proyectos de ley”, considerados esenciales y de gran impacto para la sociedad dominicana.

La primera iniciativa, es la creación del “Ministerio de Desarrollo de Recursos Humanos e Integración Social (MIDRHIS)”

La creación del MIDRHIS tendrá un impacto directo en toda la nación, al permitir la colocación laboral de más de 300,000 personas con pagos de sueldos mensual, o quincenal, con un enorme circulante de 48 mil millones de pesos cada año, sin cargo adicional al Estado, lo que disminuirá la delincuencia en todo el país, por la ocupación laboral y de estudio de los jóvenes (envueltos en programas de los ministerios), direccionada a la población de más bajos ingresos.

La creación de este nuevo ministerio empoderará a los grupos sociales hasta ahora marginados, con la colocación laboral de grupos de ciudadanos que componen: la juventud temprana (mi primer empleo -18 hasta 21 años), jóvenes adultos (hasta los 45 años), personas con discapacidad (aptos para laborar), adultos mayores (con capacidad laboral), universitarios (a medio tiempo y días ajustados), jóvenes SI-SI (Si trabajan-Si estudian), entre otros programas de inserción social y económica.

Dentro de los objetivos están: Garantizar e Incrementar las alternativas de inserción laboral ciudadana, principalmente a la juventud, mediante ofertas ocupacionales a través de los programas de los diferentes ministerios, organismos descentralizados y las Alcaldías, así como establecer capacitación profesional y técnica, que les permitan su inserción laboral.

IMPACTO SOCIAL Y ECONOMICO DE ESTA LEY: jóvenes laborando, Jóvenes estudiando, Integración y respuesta social y económica a los jóvenes, a los adultos productivos, a personas con discapacidad, y a buena parte de la diáspora; disminución de la delincuencia en más de un 50%, capacitación laboral en futuro, pagos laborales a los jóvenes y nuevos empleados para que se formen técnica y profesionalmente, dinamismo de la economía con circulante de 4 mil millones de pesos mensuales, más de 300 mil personas integradas a la economía, empoderamiento de los sectores más marginados, entre otros.
Toda la nación se beneficiará de esta creación, ya que todas las clases sociales, principalmente la más vulnerable, disfrutará de la colocación de empleos, al tiempo de que toda la sociedad quedará satisfecha, por estar los jóvenes laborando y estudiando.

SEGUNDA INICIATIVA:

Franklin Romero

LEY ESPECIAL DE PENSIÓN PARA LOS PERIODISTAS Y TRABAJADORES DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN, DE LA REPÚBLICA DOMINICANA.

Esta ley tiene como finalidad, autorizar al Poder Ejecutivo a conceder “pensión del Estado”, a toda persona entre los Periodistas y Trabajadores de los Medios de Comunicación, merecedora de pensión, que haya cumplido con los requisitos de haber prestado servicios en cualquier institución, dependencia del Estado, instituciones privadas, de manera independiente o de forma Freelancer, durante veinte (25) años o más (de forma continua o acumulativa), que haya cumplido la edad de sesenta (65) años, o que no haya o este calificado para pensión o jubilación en el sector privado; además esta ley incluye a los que demuestren carecer de los recursos económicos y de salud para satisfacer sus más perentorias necesidades de subsistencia.
Esta ley prevé que el tiempo de servicios se computará acumulando los años, cuando el beneficiario haya trabajado en diversas dependencias u organismos, tanto Autónomos y descentralizados, como de la Administración Pública propiamente dicha, así como en empresas privadas de comunicación, de forma independiente o de Freelancer, de manera justificable y demostrada.

El objetivo de esta importante ley, es que esta retribución llegue a ser una herramienta de protección social y de extensa cobertura de vida de todos los Periodistas y personas que laboran en los medios de comunicación, ante todo de aquellos que no tienen actualmente las garantías de poder alcanzar su pensión, por las condiciones y el tiempo que su estado de trabajo presenta en cuanto a los requisitos y normativas dispuestas en la ley de seguridad social vigente y por ciertas categorías de ejercicio profesional que los medios modernos han permitido su adhesión laboral, al evolucionar los sistemas, sin perjuicio de su clase.

Esta ley, muy importante para nosotros, la consideramos muy meritoria, ya que los Periodistas y los Trabajadores de Medios de Comunicación han sido y seguirán siendo, aun a costa de sus vidas, los garantes de nuestra democracia.

Con el sometimiento de la Ley Especial de Pensión para los Periodistas y Trabajadores de Medios de Comunicación, esperamos con justicia, que esta ley se constituya en una herramienta de protección social y de cobertura de vida de todos los Periodistas y personas que laboran en los medios de comunicación, ante todo de aquellos que actualmente no tienen las garantías de poder alcanzar su pensión.
Es una ley, que empodera a la clase periodística y a los trabajadores de medios de comunicación, “muy meritoria”, y con la cual estamos ampliamente comprometidos para su aprobación.

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